Documentación del pasaporte y de la residencia sobre una mesa en una terraza de Las Terrenas, con palmeras al fondo
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Residencia dominicana para quienes se mudan: vías, documentos y errores comunes

La mayoría de las personas que se trasladan a Las Terrenas obtienen la residencia a través de una de estas tres vías. Si percibe una pensión extranjera de al menos USD 1,500 al mes, o unos ingresos extranjeros estables de al menos USD 2,000 procedentes de inversiones o de bienes inmuebles (el salario no cuenta), la Ley 171-07 le ofrece una vía directa con ventajas fiscales asociadas. Si invierte al menos USD 200,000, existe una vía para inversionistas, basada en la aportación de capital a una empresa dominicana en lugar de en la compra de una vivienda. El resto de personas suele comenzar con una residencia temporal ordinaria, que se renueva cada año, y puede solicitar la residencia permanente al cabo de cinco años. Las tres vías comienzan de la misma manera: con una visa de residencia expedida por un consulado dominicano antes de su viaje. No necesita la residencia para comprar una propiedad aquí, tal y como explica nuestra guía para compradores extranjeros, y la compra de una propiedad no le convierte en residente.

El resto de esta guía aborda en qué puntos se suelen atascar los trámites, cómo encaja su vivienda en Las Terrenas en la solicitud y el orden en que debe realizar los trámites si desea beneficiarse de las ventajas fiscales.

Las tres vías y a quién se adapta cada una

La normativa se deriva de la Ley General de Migración, Ley 285-04, y de su reglamento, el Decreto 631-11. La Dirección General de Migración (DGM), la autoridad competente en materia de inmigración, se encarga de gestionar el proceso.

Pensionado o rentista (Ley 171-07). Un pensionado percibe una pensión de un gobierno extranjero, un organismo oficial o una empresa privada. Un rentista vive de ingresos estables generados en el extranjero, como rendimientos de inversiones o alquileres de inmuebles en el extranjero. El artículo 3 de la Ley 171-07 establece los importes mínimos en USD 1,500 al mes para un pensionado y en USD 2,000 para un rentista, más USD 250 al mes por cada persona a su cargo incluida en la solicitud. No existe una edad mínima (artículo 4). Un rentista debe acreditar unos ingresos permanentes y estables procedentes del extranjero durante un período de al menos cinco años, junto con una copia del contrato que los genera (artículo 6). En la página web de la DGM dedicada a los pensionados se indica que los ingresos procedentes de salarios no son admisibles. Esta vía prescinde de la residencia temporal: la solicitud se presenta en la oficina de inversión extranjera de la DGM, y la ley permite incluso al titular realizar un trabajo remunerado, sujeto a impuestos como cualquier empleado (artículo 15).

Inversionista. El Decreto 631-11 (artículo 55) establece una inversión mínima de USD 200,000, realizada en una de las formas reconocidas por la Ley de Inversión Extranjera, Ley 16-95, o como capital en una empresa dominicana. Al igual que la vía de la Ley 171-07, le exime de tener que pasar primero un período como residente temporal (artículo 54).

Residencia temporal ordinaria (RT-9). Esta es la vía general para quienes se establecen aquí sin disponer de una pensión, ingresos o inversión que cumplan los requisitos. La DGM la concede por periodos de un año. Según la página de la DGM sobre la residencia permanente (RP-1), podrá solicitar la residencia permanente una vez que haya sido titular de la primera tarjeta y de cuatro renovaciones, lo que equivale a los cinco años establecidos en los artículos 50 y 51 del decreto.

También existe una vía laboral (RT-3), pero la página de la DGM dedicada a la RT-3 indica que se expide exclusivamente con fines laborales, por lo que rara vez es aplicable a jubilados o propietarios de una segunda vivienda.

El primer paso se da antes de viajar: la visa de residencia

Lo que más sorprende es que no se puede entrar como turista y luego cambiar de estatus. El artículo 48 del decreto exige la presentación de la visa de residencia (código RS) con la que se entró en el país, y la página de la DGM dedicada a la RT-9 solicita el último sello de entrada tras la concesión de la visa de residencia. La página dedicada a los pensionados indica que dicha visa se expide en el consulado dominicano de su país de origen o de residencia.

Por lo tanto, la cita para solicitar la visa en su país de origen es el verdadero primer paso. Solicite a dicho consulado la lista actualizada de documentos antes de reunir nada.

El expediente en la República Dominicana y dónde se produce el atasco

Una vez que se encuentre aquí con la visa, se abre la solicitud en el portal en línea de la DGM y los documentos se entregan en persona. Los documentos principales, según el decreto y las páginas de servicios de la DGM, son:

  • Pasaporte. El Decreto 631-11 exige una validez mínima de 18 meses. La página RT-9 de la DGM indica seis meses, mientras que su página para rentistas indica 18. Presente uno con al menos 18 meses de validez restante.
  • Partida de nacimiento, apostillada o legalizada.
  • Certificado de antecedentes penales de todos los países en los que haya residido durante los últimos cinco años, apostillado o legalizado.
  • Certificado de matrimonio, prueba de soltería o prueba de convivencia, si procede.
  • Exámenes médicos, realizados únicamente en un centro autorizado por la DGM. La DGM establece que no se aceptan exámenes de otros centros.
  • Una póliza de garantía de una aseguradora autorizada por la DGM. El decreto la describe como una cobertura de los gastos sanitarios y de repatriación, cuando proceda. Considérela un requisito migratorio y contrate su cobertura médica por separado.
  • Justificante de ingresos o solvencia, que varía según la vía de solicitud. Los pensionados y rentistas también necesitan una carta de un banco dominicano que acredite la existencia de una cuenta en el país, por lo que le recomendamos que abra una con antelación.

Hay tres aspectos que ralentizan los trámites más que cualquier otra cosa.

  1. Traducción y apostilla. Los documentos deben presentarse en español (Decreto 631-11, artículo 48). El decreto exige una traducción realizada por un intérprete judicial, y algunas páginas de la DGM también aceptan una traducción realizada por el consulado dominicano en su país de origen. Compruebe quién realizará la traducción antes de pagarla.
  2. Documentos con vigencia limitada. Los certificados de antecedentes penales tienen fecha de validez, y en una solicitud de residencia permanente o de renovación, el certificado dominicano no debe tener más de 30 días de antigüedad (Decreto 631-11, artículos 50 y 51). Reúna primero los documentos que tardan más en tramitarse y deje los que tienen fecha de validez para el final.
  3. El plazo del portal. La DGM establece que cualquier solicitud iniciada en su plataforma digital que permanezca inactiva durante 90 días calendario sin que el solicitante realice ninguna gestión caduca automáticamente.

En cuanto a los plazos, las páginas de la DGM dedicadas a los pensionados y a los rentistas indicaban 90 días laborables en 2026. Planifique en meses, no en semanas.

Cómo encaja su propiedad en Las Terrenas

Para la residencia temporal ordinaria, la página RT-9 de la DGM, tal y como se publicó en noviembre de 2026, acepta dos tipos de prueba de solvencia: un certificado y un extracto bancario dominicanos que muestren un saldo mínimo de RD$300,000, o bien un título de propiedad junto con su certificado de estado jurídico. Añade: «Todo debe ser dominicano». Si ya es propietario de una vivienda aquí, la escritura y un certificado de estado jurídico vigente, el certificado del Registro que indica quién es el propietario del inmueble y qué gravámenes figuran sobre él, pueden servir para este fin. En nuestra guía sobre el certificado de estado jurídico se explica cómo solicitarlo.

La vía de la inversión es un tema aparte. La Ley 16-95 incluye el sector inmobiliario entre los destinos de la inversión extranjera (artículo 3), pero el Decreto 631-11 se refiere a las formas de aportación previstas en dicha ley, o al capital en una empresa dominicana (artículo 55). La página de la DGM dedicada a los inversionistas describe a los inversionistas directos como empresas dominicanas que han recibido al menos USD 200,000 de capital procedente del extranjero, y no menciona la compra de una vivienda. Se solicitan documentos de la empresa que acrediten su condición de accionista, un certificado de inversión extranjera expedido por el CEI-RD, el organismo que opera bajo el nombre de ProDominicana, y pruebas de que el dinero entró en el país procedente del extranjero. Las renovaciones posteriores requieren un certificado de la empresa en el que se indiquen sus aportaciones de capital (Decreto 631-11, artículo 58). Si una compra forma parte de un plan de inversión, acuerde la estructura con un abogado especializado en inmigración antes de que se transfieran los fondos.

El orden es importante para las ventajas fiscales

La Ley 171-07 otorga beneficios reales a las vías de pensionado y rentista. El artículo 2 enumera, entre otros:

  • Una exención del impuesto de transferencia inmobiliaria en la primera propiedad que adquiera.
  • Una exención del 50 % del impuesto sobre las hipotecas, cuando el prestamista sea una entidad financiera regulada. La Ley 30-26 (artículo 59) reduce el impuesto del 2 % sobre la inscripción de hipotecas al 1 % a partir de 2027 y lo suprime a partir de 2028.
  • Una exención del 50 % en el impuesto anual sobre bienes inmuebles, el IPI, cuando sea aplicable.
  • Exenciones aduaneras sobre los enseres domésticos (artículo 11) y una exención parcial sobre un vehículo (artículo 12).

La clave está en el orden de los trámites. El artículo 13 concede la exención del impuesto de transferencia a aquellas personas cuya solicitud de residencia, con arreglo a la ley, haya sido aprobada (la ley lo denomina «residencia definitiva»). La DGII, la autoridad tributaria, estableció el orden en una resolución de junio de 2025: primero debe obtenerse la residencia a través de la DGM; a continuación, debe presentarse la solicitud de exención ante el Ministerio de Hacienda; y la DGII solo aplicará las exenciones que Hacienda ya haya aprobado, en virtud del Decreto 162-11. Si no se dispone de dicha aprobación cuando venza el plazo de pago del impuesto de transferencia, prevea abonarlo en su totalidad. El impuesto de transferencia es una de las partidas principales en el cierre de la compraventa (nuestra guía de gastos de cierre lo desglosa), por lo que, si se va a trasladar al amparo de la Ley 171-07 y va a comprar una vivienda, aborde el calendario de la residencia y la fecha de cierre en la misma conversación con su abogado.

Una trampa más. En virtud del artículo 10, la pensión o los ingresos que haya declarado para cumplir los requisitos están exentos del impuesto sobre la renta dominicano. Una resolución de la DGII de septiembre de 2024 añade que estos ingresos deben seguir declarándose en la declaración de la renta de las personas físicas, el IR-1, antes del 31 de marzo del año siguiente. Que estén exentos no significa que pueda omitir la presentación de la declaración.

La residencia es un proceso continuo, no un hecho aislado

Mantener la residencia es una tarea recurrente.

  • La residencia temporal se renueva cada año, en persona. El Decreto 631-11 (artículo 49) permite presentar la solicitud en los 30 días previos a la caducidad de la tarjeta, pero la página de renovación de la DGM solicita que se haga 45 días antes, por lo que le recomendamos que lo haga con antelación. La DGM cobra RD$700 por cada mes de retraso en la renovación.
  • La residencia permanente comienza con una tarjeta de un año de validez; a continuación, se expiden tarjetas válidas por cuatro años, renovables por períodos similares (artículo 50 y la página de renovación de la residencia permanente de la DGM).
  • La residencia para pensionados y rentistas se renueva tras el primer año. El decreto establece que la siguiente tarjeta tiene una validez de dos años o el plazo que fije la DGM (artículo 66), y la página de renovación de la DGM indica actualmente cuatro años. En cada renovación, deberá acreditar que ha percibido la pensión o los ingresos en el país durante el período de validez de la tarjeta anterior (artículo 66) y, según la página de renovación para rentistas de la DGM, presentar extractos bancarios de su cuenta dominicana correspondientes a los últimos seis meses. La exención del 50 % del IPI solo es válida mientras su permiso de residencia esté vigente (Ley 171-07, artículo 13).
  • La cédula. Una vez admitidos, los residentes obtienen una cédula de identidad dominicana de la Junta Central Electoral (el artículo 65 lo establece así para los pensionados y rentistas), y la DGM la solicita al renovar la residencia temporal y al solicitar la residencia permanente.
  • Posteriormente, la DGM concede la residencia definitiva tras 10 o más años de residencia continua como residente permanente. El artículo 52 del decreto permite a un residente permanente solicitar la naturalización tras dos años de residencia continua a partir de la obtención de la residencia permanente, en virtud de la Ley de Naturalización (Ley 1683).

Si pasa parte del año en el extranjero, anote todas las fechas de vencimiento en su calendario con un margen de dos meses, de modo que se encuentre en el país cuando se abra el plazo de renovación. Una residencia que caduque mientras está fuera supone un problema que luego tendrá que resolver a distancia.

Lo que la residencia no le ofrece

La residencia no le da acceso al sistema público de seguro médico. Tal y como explica nuestra guía sobre la asistencia sanitaria, un residente extranjero que no cotice en la Seguridad Social dominicana no puede afiliarse al Seguro Familiar de Salud, por lo que deberá contratar un seguro privado desde el primer día. Nuestra guía sobre colegios y vida familiar aborda el resto de los aspectos relacionados con la mudanza.

La residencia es uno de los trámites que más tiempo lleva de toda la mudanza. Funciona mejor cuando se planifican conjuntamente la visa, los trámites desde su país de origen, la compra y las solicitudes fiscales. Si está considerando mudarse a Las Terrenas y desea ayuda para organizar esa secuencia con su abogado, puede ponerse en contacto con nuestro equipo a través de nuestra página de contacto.

Los requisitos de inmigración cambian según las resoluciones de la DGM, por lo que le recomendamos que consulte a un abogado especializado en inmigración antes de presentar su solicitud.

Disposiciones legales y requisitos de la DGM confirmados en noviembre de 2026.

Fuentes

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